| PLAN RENOVE AIRE ACONDICIONADO 2010 |
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Resolución de 21 de febrero de 2010, del presidente de la Agencia Valenciana de la Energía, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Aire Acondicionado 2010, destinadas a la sustitución de equipos de aire acondicionado domésticos por otros de alta eficiencia energética (DOCV nº 6226, de 15/03/10) Objeto y beneficiarios El objeto de esta resolución es convocar las ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía para la adquisición de aparatos de aire acondicionado de clasificación energética A en la Comunitat Valenciana, tal y como se describe en el artículo 4. Las presentes ayudas se enmarcan dentro del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2008-2012. Se consideran beneficiarios de las ayudas todas las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada y las instituciones sin ánimo de lucro residentes en la Comunitat Valenciana Líneas presupuestarias e importe económico de la convocatoria Las subvenciones que se regulan en la presente resolución se concederán con cargo a los presupuestos del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2008-2012, que gestiona la Comunitat Valenciana, y cuya concesión está supeditada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente. La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones es de un millón quinientos mil euros (1.500.000 euros) que se financiarán con cargo al capítulo de transferencias de capital del presupuesto de la Agencia Valenciana de la Energía. Mediante resolución del director de la Agencia Valenciana de la Energía, se podrá ampliar la cantidad prevista para esta convocatoria. Actuaciones subvencionables Se considera como actividad susceptible de ayuda, la adquisición e instalación de aparatos de aire acondicionado doméstico de clase A que se realice para sustituir equipos antiguos de aire acondicionado. Los nuevos equipos de aire acondicionado deberán ser instalaciones individuales, que trabajen en modo frío o en modo frío/calor con una potencia térmica nominal en refrigeración menor o igual de 12 kW, según Real Decreto 142/2003 y con altas prestaciones energéticas según la siguiente clasificación:1. Aparatos divididos con una o más unidades interiores, tipo split, multi-split o bomba de calor partida, refrigerados por aire o por agua de clasificación energética A en refrigeración (equipos sólo frío) o clasificación energética A en refrigeración y calefacción (equipos bomba de calor). 2. Aparatos compactos refrigerados por aire o por agua de clasificación energética A en refrigeración (equipos sólo frío) o clasificación energética A en refrigeración y calefacción (equipos bomba de calor).
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